Abierto el marisqueo de la chirla en las zonas de producción de Matalascañas y de Doñana

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Los análisis del Laboratorio de Control de Calidad constatan la desaparición de la biotoxina DSP en los ejemplares de este bivalvo en este punto del litoral.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha autorizado el marisqueo de la chirla en las zonas de producción de Matalascañas y el espacio marítimo de Doñana.
La decisión se toma después de que los continuos análisis que realiza el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya hayan constatado la desaparición de la biotoxina DSP en los ejemplares de esta especie en ambos enclaves del litoral onubense.

Al contar también con luz verde la actividad marisquera de esta especie en Isla Canela, la Barra del Terrón y Punta Umbría, sólo permanece prohibida, en la actualidad, la captura y comercialización de la chirla procedente del enclave de Mazagón.
No está permitida la extracción de la coquina, a causa de la biotoxina DSP, en las aguas de Mazagón, Matalascañas y la zona marítima de Doñana, pero sí en los enclaves de Isla Canela, la Barra del Terrón, la Desembocadura del Piedras y Punta Umbría.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural recuerda que el cierre preventivo de los caladeros cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz, dirigido a la protección de la salud pública y a garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros.

El marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter “grave”, calificación que en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios se eleva a “muy grave”.

Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización (sanciones graves) y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas (sanción muy grave).