Acceden a revisar una de las tres condenas por violación del holandés Romano Van Der Dussen

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Un informe policial apunta a que el verdadero autor de la agresión es un ciudadano británico

El Tribunal Supremo ha autorizado la interposición de un recurso de revisión al ciudadano holandés Romano Liberto Van Der Dussen en relación con una de las tres violaciones, ocurridas en Fuengirola en 2003, por las que cumple condena.

La Sala de Lo Penal del alto tribunal se basa en un informe de la Policía Científica que apunta a que el verdadero autor de la agresión sexual y las lesiones sufridas por la víctima fue un ciudadano británico, condenado en su país por la violación y homicidio de una joven.
El auto, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, indica que el citado informe, de 19 de agosto de 2015, revela que en los restos celulares de un peine de carey se ha obtenido una mezcla de, al menos, dos perfiles genéticos, compatibles para los marcadores genéticos analizados con el perfil de la persona presa en el Reino Unido y la víctima de Fuengirola.

El tribunal señala que el recurso de revisión sólo puede ser viable cuando se trate de sanar situaciones acreditadamente injustas en las que se evidencia, a favor del reo, la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento a la sentencia de condena, debiéndose incluir aquellos supuestos, como sucede en este caso, en los que se acredita que una persona pudo haber sido condenada por unos hechos, que a la vista de lo que alega y acredita después de la sentencia, “indiciariamente existe la posibilidad de que el autor de la agresión sexual y lesiones sufridas por la víctima fuera el ciudadano británico”.

En 2006, el Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación interpuesto por el ciudadano holandés contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, de 25 de mayo de 2005, que le condenó a 15 años y 6 meses de prisión por tres delitos de agresión sexual, dos de robo con violencia y lesiones.

El 26 de mayo de 2011, Van Der Dussen interpuso recurso extraordinario de revisión contra la sentencia citada, basándose en un informe de la Comisaría General de la Policía Científica, de 2006, que detallaba que Interpol-Londres había informado de la detención de un ciudadano británico acusado en el Reino Unido de la violación y homicidio de una joven británica.

El detenido había vivido en la zona de Fuengirola desde finales del año 2002 hasta octubre de 2003. Según el mencionado informe, el perfil genético de esta persona era compatible con la mezcla de perfiles que se obtuvo de los restos que había en el de una de las víctimas de las violaciones por las que fue condenado el joven holandés.

La Sala de lo Penal denegó el permiso, de acuerdo con el fiscal, al entender que no resultaba de modo indubitado la inocencia del condenado con respecto a la agresión sexual referida, puesto que no había culminado la investigación abierta por la policía, que había solicitado nuevas pruebas de ADN. Asimismo, pidió a la Audiencia Provincial de Málaga que remitiese sin dilación al Juzgado de Instrucción número 3 de Fuengirola el oficio de la Policía para que se realizaran las diligencias solicitadas con carácter urgente y preferente.

Tres años después, el 2 de julio de 2015, el Tribunal Supremo rechazó por segunda vez la autorización al considerar que era prematura porque aún estaba pendiente la comparación de los perfiles genéticos del británico detenido por la Unidad Central de Análisis Científicos de la Dirección General de la Policía. El auto añadía que podía solicitarlo de nuevo cuando conociera el resultado de la misma.

Ahora, el Tribunal Supremo considera que se dan todos los requisitos y autoriza la interposición del recurso de revisión sólo en relación con una de las violaciones, por la que fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión.