Anulan la liquidación y la sanción de Hacienda de 1,3 millones de euros al exfutbolista Iván de la Peña

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El Supremo estima las alegaciones del exjugador en el sentido de que Hacienda le achacó de forma injustificada dilaciones o entorpecimiento en la inspección

La Sala III del Supremo ha anulado la liquidación y sanción de Hacienda al exfutbolista Iván de la Peña por 1,3 millones de euros por los IRPF de 1998 y 2001, al considerar prescritas las actuaciones inspectoras. El alto tribunal estima dos recursos del exjugador contra sendas sentencias de la Audiencia Nacional referidas a la actuación de Hacienda en este caso, que en el caso del IRPF de 1998 concluyó con una liquidación de 525.921 euros de cuota más 144.176 de sanción; y en el de 2001, con una liquidación de 678.213 euros.

Las actuaciones inspectoras a De la Peña por parte de la Dependencia Regional de Inspección de Cataluña se iniciaron por comunicación de 8 de mayo de 2003, y finalizaron por acuerdo de 8 de agosto de 2006, es decir, que tuvieron una duración de 1.187 días.

El Supremo estima las alegaciones de De la Peña en el sentido de que Hacienda le achacó de forma injustificada dilaciones o entorpecimiento en la inspección, por lo que con la duración de la Inspección se incumplió el plazo máximo para que ésta sea efectuada que se recoge en el artículo 29 de la ley 1/1998, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, y que en este caso el propio Tribunal Económico Regional calculó en 1.015 días, lo que se superó con los 1.187 en que se prolongaron las actuaciones.