El Lehendakari llama a “volver a situar en el centro el cumplimiento de las medidas básicas de prevención personal y comunitaria”

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  • El Gobierno Vasco presenta el Plan Bizi Berri IV, la estrategia de respuesta a la pandemia prevista hasta octubre

En la comparecencia tras la reunión del Consejo Asesor del LABI, el Lehendakari Iñigo Urkullu, ha presentado el Plan Bizi Berri IV y ha dado a conocer el nuevo Decreto que entrará en vigor mañana jueves. Además, Urkullu ha hecho un llamamiento a “volver a situar en el centro el cumplimiento de las medidas básicas de prevención personal y comunitaria”. En este momento de esperanza y prudencia, ha destacado la importancia de usar la mascarilla, mantener la distancia y estar alerta. “Es fundamental no formar parte de encuentros, fiestas o eventos, ni en exteriores ni en interiores, que representen aglomeración de personas sin medidas preventivas”, ha matizado.

Dada la situación epidemiológica actual, donde se concentra una alta intensidad la transmisión de contagios entre la población más joven, pero se está evitando, por el momento, un incremento en la ocupación hospitalaria y de camas UCI, el Dictamen de la Comisión Científico-Técnica plantea que deben aplicarse las medidas correspondientes al Escenario 2 de Bizi Berri IV.

NUEVO DECRETO

En este marco, el Consejo Asesor de LABI ha dado luz verde a un nuevo Decreto, que entrará en vigor mañana jueves, 8 de julio. Sus principales contenidos son los siguientes:

  • Mantener el bloque de las medidas del anterior Decreto. Por lo tanto, la progresión prevista en la atenuación de las medidas restrictivas queda paralizada por el momento y en tanto la evolución al alza actual no se encuentre estabilizada y a la baja.
  • Añadir a las medidas en vigor la prohibición de celebrar fiestas tipo “botellón” o “no-fiestas”, u otros eventos similares que representen aglomeración de personas. Esta prohibición se aplica para estos encuentros, tanto en interiores como en exteriores, que no respeten la distancia interpersonal de metro y medio, y el resto de medidas preventivas aplicables.
  • Adicionalmente, y caso de continuar la actual tendencia o de que se produjera un incremento en la presión hospitalaria, se considerará el adelanto del horario límite de cierre de las actividades comerciales, sociales y culturales y otras medidas complementarias.

Dada la inestabilidad de la situación e incertidumbre, se volverá a reevaluar la situación y el contenido del Decreto en un periodo de quince días.

PLAN BIZI BERRI IV

En la rueda de prensa posterior a la reunión del LABI, el Lehendakari ha dado a conocer el nuevo Plan Bizi Berri IV, plan que desarrolla las previsiones de la “Ley de Medidas para la gestión de la pandemia Covid 19” aprobada en el Parlamento Vasco, y se establece un marco de actuación para el periodo de este julio y octubre.

Las aportaciones del Plan Bizi Berri IV con respecto al anterior son los Escenarios, los Indicadores y los Ámbitos de actuación:

  1. El panel reduce los Escenarios de 5 a 3. Se corresponden con los previstos en la Ley para el Estadio 1:

-“Transmisión Baja”, con Tasa de Incidencia de 0 a 60 por 100.000 habitantes;

-“Transmisión Moderada”, de 60 a 150; y

-“Transmisión Tensionada”, de 150 a 300.

  1. Bizi Berri IV incluye todos los Indicadores establecidos en la Ley.

Serán complementados con una valoración específica de la extensión de la vacunación y la incidencia de nuevas variantes.

  1. Bizi Berri IV reduce de 22 a 10 los ámbitos de actuación.

Esta simplificación es factible porque con Tasas de incidencia baja es posible una aplicación transversal de medidas y criterios.

Las medidas a aplicar previstas en el Plan Bizi Berri IV se corresponden con las contempladas en la Ley para los tres escenarios del Estadio 1.

En resumen, la Ley, aprobada el 24 de junio, establece el marco normativo en el que situar nuestra intervención frente a la pandemia; el Plan Bizi Berri IV ofrece las herramientas específicas para interpretar, en cada coyuntura, la evolución de la situación epidemiológica y ajustar las medidas preventivas; y los Decretos serán el instrumento que plasmará las disposiciones concretas que deban ser efectivas en cada momento.