Más de 200 personas han acudido al servicio foral de asesoramiento y apoyo en la tutela desde su puesta en marcha hace un año

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El servicio que la Diputación Foral de Bizkaia, a través del Instituto Tutelar de Bizkaia, puso en marcha para asesorar y apoyar el ejercicio de la tutela de familiares o allegados de las personas cuya capacidad de obrar se ve modificada judicialmente, ha atendido ya a más de 200 personas durante el año que lleva en funcionamiento.

El objetivo de este servicio es aportar a todas las personas potencialmente beneficiarias: tutoras y curadoras, o representantes legales y voluntarios, las herramientas de apoyo necesarias para que puedan asumir y mantener la tutela. El diputado de Acción Social, Sergio Murillo, considera que el entorno más cercano es el que mejor puede interpretar la voluntad, deseos y preferencias de las personas con discapacidad que hayan visto modificada su capacidad y acompañarles en la toma de decisiones». Y este servicio les ayuda a ejercer esa labor: Una labor de garantía de derechos y promoción de la vida plena desde el entorno más cercano, subraya Murillo.

Así, el 58% de las personas que han acudido a este servicio foral desde que entrara en funcionamiento en abril de 2021, lo ha hecho para recibir información, orientación y asesoramiento para el correcto ejercicio de la tutela. El resto, han recibido los apoyos necesarios para poder cumplir las obligaciones derivadas de la misma: un 8% han solicitado asesoramiento jurídico y un 34% han recibido apoyo para la realización de cuestiones como las rendiciones de cuentas, el inventario de bienes, etc.

Cualquier persona mayor de 18 años que tenga una enfermedad y/o discapacidad de carácter físico o psíquico, que sea duradera en el tiempo, y que le impida gobernarse por sí misma puede ver modificada su capacidad (o ser tutelada). Entre las causas más frecuentes aparecen la discapacidad intelectual o de desarrollo severa, deterioros cognitivos o demencias avanzadas, y algunas enfermedades y trastornos mentales que limitan la percepción de la realidad. En estos momentos en Bizkaia, hay cerca de 6.000 personas que tienen a un familiar o persona allegada de su entorno como representante legal o voluntario.

Acceso al servicio y horarios

El servicio de asesoramiento y apoyo en el ejercicio de la tutela puesto en marcha por la Diputación Foral de Bizkaia ofrece:

  •  Información, orientación y asesoramiento gratuito de carácter básico a toda aquella persona mayor de edad empadronada en Bizkaia acerca del procedimiento de modificación de la capacidad, de las figuras de apoyo (la curatela, la defensa judicial y la guarda de hecho), de las medidas preventivas a la modificación de la capacidad (poderes preventivos, la autotutela y las voluntades anticipadas) o del ejercicio de las funciones tutelares.
  •  Apoyo en el ejercicio del cargo de tutor/tutora para cumplir con las obligaciones que dicho cargo exige, además de cualquier otra que establezca la sentencia de modificación de la capacidad. Entre estas obligaciones se encuentran la realización de rendiciones de cuentas, la realización de inventarios, la solicitud de autorizaciones judiciales o cualquier otro tipo de asesoramiento jurídico.

Este servicio se ofrece en las oficinas del Instituto Tutelar de Bizkaia en Alameda Rekalde, 18 de Bilbao. Para ser usuario o usuaria de este servicio es imprescindible solicitar cita previa a través del teléfono 94 608 37 40.

Los horarios establecidos para la atención presencial en el Instituto Tutelar de Bizkaia en función del tipo de apoyo requerido son los siguientes:

  •  Información, orientación y asesoramiento básico y gratuito: los jueves, con un horario de 10:00 a 14:00 y de 15:30 a 17:00, y los viernes, entre las 10:00 y las 14:00 horas.
  •  Apoyo en el ejercicio de la tutela – rendición de cuentas: los martes y miércoles asesoramiento con un horario de 9.00 a 14.00 y de 16.00 a 19.00.
  •  Apoyo en el ejercicio de la tutela – asesoramiento jurídico: los lunes, entre las 15:00 y las 19:00 horas.

En los dos últimos casos, las familias deberán aportar la sentencia de incapacidad, la aceptación del cargo y la documentación adicional que se requiera.

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