Las subidas de precios de los alquileres se desvincularán del IPC y se regirán por el Índice de Garantía de Competitividad con un aumento máximo del 2%

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Desde comienzos de año el IPC, el índice por el que se mide la inflación y por el que la mayoría de contratos de alquiler se rigen, ha ido subiendo sin precedentes. La tasa de variación anual del IPC en España en julio de 2022 ha sido del 10,8%, lo que produciría aumentos en la renta mensual muy considerables. Para un alquiler de 1200 euros al mes, supondría una subida de 1.555 euros al finalizar el ejercicio. Por ello, el Gobierno de España, dentro del paquete de medidas aprobadas el pasado 29 de marzo (Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo de 2022, modificado por  Real Decreto-ley 11/2022 de 25 de junio) añadió un límite extraordinario a las actualizaciones anuales de la renta del alquiler de viviendas que se referenciarán al Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que se caracteriza por estar limitado por arriba en el 2% y por abajo en el 0%.

Características principales del nuevo límite al alquiler

  • En vigor a partir del 1 de abril de 2022
  • Termina el 31 de diciembre de 2022
  • Limita la subida del precio del alquiler a un máximo del 2%
  • Afecta a todos los inquilinos que tengan que actualizar su renta entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022
  • Es aplicable tanto para grandes tenedores como para caseros particulares

En el caso de Euskadi, la Orden de 30 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre determinación de los precios y rentas máximas de las viviendas de protección pública y

el canon de los alojamientos dotacionales, en su artículo 2 marca que excepcionalmente y solo para el año 2023, que la actualización se practicará empleando el Índice de Garantía de Competitividad del último índice interanual publicado por el INE.

La desvinculación temporal de las renovaciones de los alquileres del IPC, supondrá un claro respiro para los inquilinos. En Francia se han tomado también medidas similares por la tendencia inflacionista. Desde el pasado 16 de agosto entró en vigor una ley que ha fijado un tope del 3,5 % al aumento que pueden aplicar los arrendadores a los inquilinos tanto de viviendas como de comercios.