El conflicto jurídico sobre la vivienda construida en la zona del antiguo caserío Amezti, en Aia, ha concluido de forma definitiva. El Tribunal Supremo dictó una providencia el pasado 8 de julio de 2026 en la que acuerda inadmitir a trámite los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de la localidad y por la propietaria del inmueble, una exconcejala del PNV. Con esta resolución se agotan los cauces judiciales y deviene firme el fallo dictado el 17 de enero de 2025 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que estimó las demandas de la Federación Guipuzcoana de Deportes Aéreos y decretó el derribo de la edificación.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal fundamenta el rechazo en la falta de fundamentación bastante de los escritos y en la ausencia de interés casacional objetivo para asentar jurisprudencia. Los magistrados sostienen que el debate jurídico se ciñe a una evaluación pormenorizada de los condicionantes específicos de este litigio y de las normas subsidiarias de planeamiento aplicadas al caso concreto, lo que descarta la idoneidad de un pronunciamiento de carácter general.
Asimismo, la providencia condena de forma conjunta a la administración local y a la familia dueña de la finca al abono de las costas del proceso judicial, fijando un tope máximo de 2.000 euros que se liquidará por mitades a la parte recurrida. Al quedar ratificada explícitamente la firmeza del dictamen en el texto del Tribunal Supremo, el procedimiento queda cerrado sin posibilidad de interponer nuevas alegaciones.






