La Audiencia de Gipuzkoa reduce las penas por las coacciones a dos policías en las txosnas en Beasain al calificar los hechos como tentativa

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha resuelto de forma definitiva los recursos sobre los incidentes registrados en las txosnas de Beasain en junio de 2025. El órgano judicial ha determinado la absolución total de dos de las nueve personas sancionadas en primera instancia por el juzgado de Tolosa, al concluir que el relato probado no reúne indicios suficientes para tipificar su conducta como un delito de coacciones leves frente a un ertzaina y un policía local que no se encontraban de servicio.

Asimismo, la sala ha eximido a un tercer procesado de uno de los dos delitos por los que había recibido condena en el fallo inicial. Respecto a los otros siete implicados, el tribunal ha ratificado la existencia de un proceder coactivo mediante intimidación y fuerza física contra el agente de la Ertzaintza, pero ha estimado que la infracción se cometió en grado de tentativa al no consumarse el propósito de vetarle el paso al espacio festivo, lugar en el que la víctima llegó a acceder antes de retirarse.

Al redefinir la actuación como un intento no consumado, la magistratura ha procedido a reducir el alcance de los castigos económicos previos. Cada uno de los siete ciudadanos deberá abonar finalmente una pena ajustada a 15 días de multa con una tarifa de 6 euros por jornada. Esta última decisión ha quedado ratificada con carácter firme, por lo que no admite la presentación de posteriores apelaciones ordinarias.