El Supremo no aprecia vulneración en el honor e imagen a una exconcursante de ‘Gran Hermano’

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El Supremo no aprecia vulneración en el honor e imagen a una exconcursante de ‘Gran Hermano’ por una noticia publicada en un diario de Salamanca. Considera que la información se había limitado a recoger una noticia auténtica.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado el fallo de instancia de no apreciar intromisión ilegítima en los derechos al honor, intimidad e imagen de una exconcursante del programa ‘Gran Hermano’ por la publicación de unas fotografías y datos personales en un periódico de Salamanca.

La noticia hacía referencia a una sentencia contra otra exconcursante del programa por amenazar a la demandante para conseguir que acudiera al programa ‘Enemigos íntimos’ para que contara una anterior relación sentimental con un personaje famoso.

La sentencia recurrida confirmó la desestimación de la demanda al considerar que la información se había limitado a recoger una noticia auténtica (la sentencia de un Juzgado condenando a una persona con proyección pública), que la información referida tenía interés para los seguidores de ese tipo de programas, quienes seguramente la recordaban pese a su efímero paso por televisión, y que su imagen y otros datos se encuentran en cualquier buscador de internet.

La sentencia del Supremo, cuyo ponente ha sido el magistrado Antonio Salas Carceller, confirma la inexistencia de intromisión ilegítima en tales derechos.