El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley del Recurso de Casación Civil vasco que ampliará los supuestos para recurrir por esta vía ante los tribunales (Consejo de Gobierno 1-6-2021)

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  • La iniciativa elimina la cuantía económica mínima del proceso, fijada en 600.000 euros, para poder enjuiciar un asunto en casación y amplía el concepto de ‘interés casacional’
  • Debido a la elevada cuantía, llegan muy pocos casos al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ligados al Derecho civil vasco, poco más de 30 sentencias desde 1989

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley del Recurso de Casación civil vasco que regula los supuestos en los que cabe el recurso de casación ante los tribunales de justicia cuando las controversias judiciales afectan al Derecho civil vasco. La iniciativa pretende ampliar los casos en los que procede el recurso de casación y para ello elimina el requisito de “cuantía económica mínima”  para poder enjuiciar un asunto en casación y amplía el concepto de ‘interés casacional’, que también es tenido en cuenta para dilucidar cuándo procede la casación. 

Actualmente la cuantía mínima para el recurso de casación es de 600.000 euros, una cantidad demasiado elevada, lo que provoca que en Euskadi los casos que llegan al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sean escasos. De hecho, desde que este alto tribunal vasco naciera en 1989, la sala dedicada al derecho civil solo ha dictado en casación poco más de 30 sentencias. Tan exiguo bagaje no permite conformar una doctrina unificada sobre el Derecho civil vasco. El alto tribunal vasco tiene encomendada la función unificadora de la doctrina. 

El proyecto de ley aprobado por el Consejo de Gobierno en la reunión semanal que hoy se ha celebrado en la Torre Madariaga (Busturia) se marca como objetivo aumentar los casos que lleguen a casación. De este modo, el TSJPV se prodigará más en sus sentencias, aumentando así su corpus jurisprudencial y enriqueciendo su doctrina. 

En la misma línea, se produce la ampliación de los supuestos en que se puede interpretar que concurre el llamado ‘interés casacional’, un concepto hoy demasiado estrecho, por lo que su simplificación y aclaración redundará en una mayor ‘producción’ de casos para la vía casacional. 

Hasta la fecha, en Euskadi el recurso de casación se rige por la ley estatal de Enjuiciamiento Civil. Esta sujeción de la casación civil vasca a las exigencias del marco estatal ha sustraído al enjuiciamiento casacional muchos casos de gran arraigo y conflictividad social. 

El proyecto de ley tiene un evidente propósito modernizador y busca adecuarse a la realidad social del tiempo presente, de modo que se estudien y traten mejor nuevos asuntos y realidades que han ido surgiendo, sin dejar de ocuparse de las cuestiones de siempre en el derecho civil vasco, como son todo lo relacionado con las relaciones paterno y materno filiales o de derecho de familia, testamentos y sucesiones, régimen económico matrimonial,  arrendamientos rústicos, uso de terrenos comunales, servidumbres vinculadas al caserío y sobre el régimen de sociedades tradicionales, cofradías o fundaciones privadas. 

El Gobierno Vasco considera que se trata de un proyecto de ley tan técnico y complejo como necesario para enriquecer y mejorar el Derecho civil vasco. Galicia, Catalunya y Aragón ya tienen plasmada esta regulación en sus respectivas leyes autonómicas. La competencia de Euskadi para regular el recurso de  casación está recogida en el artículo 14.1 del Estatuto de Gernika. Además, la Constitución también habilita a Euskadi en esta materia al referirise, en su artículo 149.1. 6ª, a las singularidades del derecho sustantivo de las comunidades autónomas. 

El recurso de casación es un recurso extraordinario que las partes incursas en un proceso judicial pueden interponer frente a las resoluciones judiciales, bien porque contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la Ley, o bien porque ha sido dictada siguiendo un procedimiento irregular. En los asuntos relacionados con el Derecho civil vasco, las resoluciones o sentencias de las audiencias provinciales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa son recurribles en casación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que cuenta con una sala dedicada a este asunto, la Sala de lo Civil y lo Penal. Los recursos de casación se rigen por la Ley estatal de Enjuiciamiento Civil. El proyecto de ley hoy presentado en el Consejo de Gobierno pretende ampliar los supuestos en que procede el recurso de casación.