La Comunidad de Madrid sancionará a ‘Blancanieves’ por muerte de 7 novillos

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blancanievesLa Comunidad de Madrid sancionará a los responsables de la grabación de la película ‘Blancanieves’ por muerte de 7 novillos durante el rodaje.

El consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, Borja Sarasola, ha asegurado este miércoles que la Comunidad dará cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de abrir una sanción a la película ‘Blancanieves’ por la muerte de nueve novillos de raza de lidia durante el rodaje.
«El TSJM ha dicho que abramos una sanción por incumplimiento grave de la ley de protección animal y es lo que vamos a hacer».

El fallo de la Sala Contencioso Administrativo del TSJM responde al recurso interpuesto por la Asociación Plataforma Estrategia Animalista, que reclamó la apertura de un expediente sancionador contra los responsables de la película ‘Blancanieves’.
Denunciaron la muerte de nueve novillos de raza de lidia durante el rodaje en la plaza de toros de Aranjuez, al entender que se vulneró la normativa estatal y autonómica sobre protección de animales.

Durante el rodaje del film de Pablo Berger, premio Goya a la Mejor Película de 2013, se rodarona escenas de lidia con muerte del toro. Las escenas de toreo se rodaron a puerta cerrada en la plaza de toros de Aranjuez entre el 27 y el 28 de junio de 2011.

La Plataforma Estrategia Animalista denunció que la muerte de toros sin la correspondiente autorización administrativa para la celebración pública de espectáculos taurinos constituía una infracción muy grave de acuerdo con la Ley 1/1990 de Protección de los Animales Domésticos y la Ley 32/2007 para el Cuidado de los Animales en su Explotación, Transporte, Experimentación y Sacrificio.

La Dirección General de Medio Ambiente sostenía que las leyes de protección animal no son aplicables a la celebración de festejos taurinos autorizados. Sin embargo, los animalistas entienden que una lidia a puerta cerrada no es un espectáculo público, por lo queda fuera del amparo de las leyes taurinas y están sometidas a las leyes de protección animal.

El artículo 23.4 de la Ley 1/1990 considera infracciones muy graves “la utilización de animales en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o mal trato, puedan ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos antinaturales; los malos tratos y agresiones físicas a los animales”; y “la filmación de escenas con animales para cine o televisión, que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento, cuando éstos no sean simulados”.
La Ley 32/2007 tipifica como infracción muy grave “la utilización de animales en producciones cinematográficas, televisivas, artísticas o publicitarias, incluso con autorización de la autoridad competente, cuando se produzca la muerte de los mismos”.

El TSJM considera que la legislación en materia taurina no sirve para justificar el archivo de la denuncia de la Plataforma Estrategia Animalista, y que en el caso de la lidia de Blancanieves, “la respuesta jurídica” ha de darse “sobre las bases” de las leyes de protección de la fauna que invocan los denunciantes.