La transferencia del Transporte por carretera se hace efectiva con la firma de los convenios con las Diputaciones vascas y el traspaso de los medios (Consejo de Gobierno 11-1-2022)

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  • Bizkaia y Gipuzkoa se equiparan a Araba y asumen las funciones y los medios personales, patrimoniales y presupuestarios para ejercer la transferencia, aprobada por la Comisión Mixta de Transferencias
  • La efectividad de la transferencia estaba a expensas de la firma de los convenios entre las Diputaciones, el Gobierno Vasco y el Ministerio de Transportes 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que se aprueban los acuerdos de la Comisión Mixta de Transferencias del Gobierno Vasco con las Diputaciones de Gipuzkoa, Bizkaia y Araba sobre el traspaso de los medios personales, presupuestarios y patrimoniales en relación con el Transporte por carretera. De este modo, se hace efectivo el traspaso de esa materia una vez que las tres instituciones forales, el Ministerio de Transportes y el Ejecutivo Vasco han firmado los convenios por los que las Diputaciones asumen las funciones sobre los transportes por carretera. 

En mayo del pasado año, la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma Vasca aprobó el traspaso a Euskadi de los medios en relación con la materia. El pasado 29 de diciembre la Comisión Mixta Gobierno Vasco-Diputaciones aprobó los acuerdos por los que se transfiere esos medios a las tres Diputaciones forales. Ese mismo día, los tres entes forales, el Gobierno Vasco y el Ministerio de Transportes firmaron los convenios para el traspaso de las funciones del transporte por carretera a las Diputaciones. Una vez que estas han recibido tanto los medios como las funciones, la competencia sobre el transporte por carretera ha cobrado total efectividad.

La Disposición Adicional 1ª de la Constitución y el Estatuto vasco de Autonomía atribuyen a la CAV competencias en materia de transportes terrestres por carretera y corresponden a los órganos forales la ejecución de esta competencia. Hasta ahora la Comunidad Autónoma Vasca era la única en la que el Estado realizaba estas funciones, con la salvedad de Araba que desde 1950 venía ejerciendo la mayoría de las funciones merced a un convenio vigente con el Estado. 

Ahora, Araba aumenta su capacidad al asumir la única función pendientes de traspaso en esta materia relativa a la realización de los exámenes de competencia profesional para el transporte y para las actividades auxiliares y complementarias del mismo. Estas funciones se añaden a las que ya venía ejecutando sobre los transportes privados, arbitraje y actividades auxiliares y complementarias del transporte. Gipuzkoa y Bizkaia no tenían hasta ahora ninguna facultad en esta materia, pero en adelante se equipararán a Araba en cuanto a las funciones a realizar. A estos dos territorios se les adscriben los medios personales para desarrollar esas funciones (tres personas a Bizkaia y una a Gipuzkoa), los medios patrimoniales y los presupuestarios.